Estimación gratuita
Calculadora del pago de horas extra

Estima el valor de la hora ordinaria, el precio de cada hora extra y el importe bruto adicional.

Consulta tu convenio o contrato. No existe un recargo porcentual único para todos los trabajadores.

Pago bruto estimado por horas extra
0,00 €

Introduce los datos para realizar el cálculo.

Hora ordinaria estimada 0,00 €/h
Cada hora extra 0,00 €/h
Horas mensuales estimadas 0 horas
Estimación del pago adicional

Calculadora de Horas Extras

Calcula una estimación del importe bruto correspondiente a tus horas extraordinarias. Introduce el salario mensual, la jornada semanal, las horas adicionales y el recargo indicado en tu convenio o contrato.

El resultado es orientativo. La base usada para valorar una hora y el tratamiento de pagas extra, complementos, jornada anual y descansos pueden variar según el convenio, el contrato y la situación laboral.

Cómo utilizar la calculadora de horas extra

1

Introduce el salario

Escribe el salario bruto mensual y las horas ordinarias semanales.

2

Añade las horas extra

Indica el número de horas adicionales realizadas en el periodo.

3

Indica el recargo

Usa el porcentaje establecido en el convenio o contrato aplicable.

Cómo se estima el precio de una hora ordinaria

La calculadora convierte las horas semanales en una media mensual multiplicándolas por 52 semanas y dividiendo el resultado entre 12 meses.

Horas mensuales estimadas = horas semanales × 52 ÷ 12

Después divide el salario bruto mensual entre esa cantidad. Este método ofrece una referencia simple, pero puede no coincidir con el valor jurídico o convencional de la hora.

Hora ordinaria estimada = salario bruto mensual ÷ horas mensuales

Cómo se calcula el pago de las horas extra

El recargo se añade al valor estimado de la hora ordinaria. Un recargo del 25% significa que cada hora extra se calcula al 125% del valor ordinario.

Hora extra = hora ordinaria × (1 + recargo ÷ 100)
Total adicional = hora extra × número de horas extra

Ejemplo práctico

Una persona cobra 1.500 € brutos al mes, trabaja 40 horas semanales, realiza 10 horas extra y aplica un recargo del 25%.

DatoCálculoResultado aproximado
Horas mensuales40 × 52 ÷ 12173,33 horas
Hora ordinaria1.500 ÷ 173,338,65 €
Hora extra con 25%8,65 × 1,2510,82 €
Pago por 10 horas extra10,82 × 10108,17 € brutos

¿Existe un recargo obligatorio del 75% en España?

No existe un recargo general del 75% aplicable a todos los trabajadores. El artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores indica que el convenio colectivo o, en su defecto, el contrato individual determina si las horas se pagan o se compensan con descanso.

Cuando se pagan, su valor no puede ser inferior al de la hora ordinaria. Por eso debes consultar el convenio colectivo, el contrato o la información facilitada por la empresa antes de introducir el porcentaje.

Fuente oficial: Estatuto de los Trabajadores en el BOE. Revisa siempre la versión vigente y el convenio aplicable.

Pago o descanso compensatorio

Pago económico

El convenio o contrato puede fijar el importe que corresponde por cada hora extraordinaria.

Descanso retribuido

Las horas también pueden compensarse con un periodo equivalente de descanso pagado.

Si no existe un acuerdo específico, el Estatuto establece como referencia la compensación mediante descanso dentro de los cuatro meses siguientes a la realización de las horas.

Límite general de horas extraordinarias

El Estatuto fija con carácter general un máximo de 80 horas extraordinarias al año. Las compensadas mediante descanso dentro de los cuatro meses siguientes no se computan para ese límite.

Tampoco se incluyen en ese máximo las horas realizadas para prevenir o reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes. Puede haber reglas particulares según el contrato, la jornada o el tipo de trabajo.

Voluntariedad y registro

Realización voluntaria

Con carácter general son voluntarias, salvo que se hayan pactado en el convenio colectivo o contrato individual.

Registro diario

La jornada debe registrarse cada día y las horas extraordinarias deben totalizarse en el periodo de pago.

Casos que requieren una revisión especial

  • Contratos a tiempo parcial y horas complementarias.
  • Trabajo nocturno y personas consideradas trabajadores nocturnos.
  • Contratos de formación y otras modalidades con restricciones.
  • Horas por fuerza mayor o para atender daños urgentes.
  • Convenios con jornada anual o reglas propias de compensación.
  • Pagas extraordinarias prorrateadas o complementos salariales.

Limitaciones de esta calculadora

  • Utiliza una media de 52 semanas divididas entre 12 meses.
  • No analiza el convenio colectivo ni el contrato.
  • No determina automáticamente el recargo correcto.
  • No calcula cotizaciones, retenciones ni salario neto.
  • No distingue entre horas normales, nocturnas, festivas o de fuerza mayor.
  • No confirma si las horas están dentro del límite legal aplicable.
  • No sustituye una nómina ni asesoramiento laboral profesional.

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Preguntas frecuentes sobre las horas extra

¿Cómo se calcula el pago de una hora extra?

Primero se obtiene el valor de la hora ordinaria. Después se aplica el recargo fijado y se multiplica por las horas extraordinarias realizadas.

¿Todas las horas extra tienen un recargo del 75%?

No. No existe un 75% general para todos los trabajadores en España. Consulta el convenio o contrato aplicable.

¿Una hora extra puede pagarse igual que una ordinaria?

Cuando se abona económicamente, su valor no puede ser inferior al de la hora ordinaria, sin perjuicio de las reglas más favorables del convenio o contrato.

¿Pueden compensarse con descanso?

Sí. El convenio o contrato puede establecer descanso retribuido en lugar de pago económico.

¿Cuál es el límite anual general?

El límite general es de 80 horas, aunque existen horas que no computan y situaciones sujetas a reglas distintas.

¿Puedo introducir horas con decimales?

Sí. Por ejemplo, 1,50 representa una hora y media, mientras que 1,25 representa una hora y quince minutos.

¿El resultado mostrado es neto?

No. La calculadora muestra un importe bruto estimado antes de cotizaciones y retenciones.

¿Sirve como prueba de una deuda salarial?

No. Es una estimación informativa y no sustituye el registro de jornada, las nóminas, el convenio ni una revisión profesional.

Realiza una nueva estimación

Introduce el salario, la jornada, las horas adicionales y el recargo aplicable.

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